¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 5 de febrero, según la LFT?
Hoy, jueves 5 de febrero, se conmemora el aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de 1917, un día festivo oficial, por lo que alrededor de él hay dudas sobre cómo debe ser pagado; si eres de quienes trabajan y no sabes qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto, aquí te contamos todo lo que debes conocer.
¿Cómo se debe pagar el 5 de febrero?
La LFT establece en el artículo 74 que el Día de la Constitución Mexicana es de descanso obligatorio para todos los trabajadores del país, por lo que quienes trabajen en este día deberán recibir el pago de su salario diario + un salario doble (pago triple). Sin embargo, debes tomar en cuenta que este pago no aplica para el 5 de febrero, sino para el primer lunes de febrero.
El adelanto del día feriado se hizo con el objetivo de evitar interrupciones laborales a mitad de semana y crear fines de semana más largos para promover el descanso y la participación cívica.
Dicho lo anterior, el pago del día 5 de febrero debe hacerse con normalidad, pues corresponde a un día normal de trabajo; ya que el día de descanso se dio el pasado lunes 2 de febrero.

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La jornada laboral en México podría cambiar en los próximos años. Te contamos desde cuándo se empezarían a reducir las horas de trabajo y cómo sería el ajuste.Si trabajaste el día 2 de febrero y no ves reflejado el pago extra en tu sueldo, no dudes en acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), ya que es tu derecho y obligación del patrón el pago triple por esta jornada de trabajo.
Para recibir atención puedes ponerte en contacto a través de su página web www.gob.mx/profedet.
Por correo electrónico escribe a la dirección orientacionprofeded@stps.gob.mx
También puedes recibir atención vía telefónica, marcando al 01 800 717 2942, 01 800 911 7877 y 59 98 20 00.

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