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Suprema Corte invalida cobros de Tlahualilo y Madero que invadían competencias federales

El ministro Arístides Guerrero explicó que las controversias año con año se mantienen como un vicio de inconstitucionalidad en torno a una invasión en la esfera de competencias

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EL SIGLO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una serie de controversias constitucionales contra las leyes de ingresos de municipios de Coahuila y Durango, promovidas por el Poder Ejecutivo Federal.

Las controversias constitucionales 133/2026, correspondiente a General Cepeda; 100/2026, de Francisco I. Madero;  89/2026, de Allende;  108/2026, de Lamadrid; y 312/2026 y 271/2026 de Tlahualilo combatieron cobros aceptados por los congresos estatales y establecidos en la Ley de Ingresos de los municipios en materia de energía, telecomunicaciones e hidrocarburos, cuando son atribuciones exclusivas de la Federación.

La primera controversia resuelta fue la 271/2026 donde la Suprema Corte declaró fundado el concepto de invalidez planteado por el Poder Ejecutivo Federal al invadir atribuciones de la Federación, determinando la invalidez el Artículo 42 para el Ejercicio Fiscal 2026.

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Los artículos de la Ley de Ingresos de Santa Clara se determinó invaden la competencia de la Federación en materia de telecomunicaciones

Debido a la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte los ministros en su mayoría votaron por declarar la invalidez de los artículos de las leyes de ingresos, como fue el caso de la controversia constitucional 312/2026, la cual se aprobó con seis votos a favor y tres en contra de los ministros Sara Herrerías, Giovanni Figueroa y el ministro presidente Hugo Aguilar en el apartado de uso de suelo. 

El ministro presidente Hugo Aguilar se disculpó con los asistentes, al comentar que la resolución de controversias es un tema recurrente en la Corte, teniendo que ver con las leyes y su posible contradicción contradicción con una disposición institucional.

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Cámara de Senadores se declaró tercero interesado y declaró fundados los conceptos de invalidez formulados por el Ejecutivo

El ministro Arístides Guerrero explicó que las controversias año con año se mantienen como un vicio de inconstitucionalidad en torno a una invasión en la esfera de competencias por parte de los Poderes Legislativos de las entidades federativas frente  a las facultades que tiene la Federación reconocidas. 

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Escrito en: Ley de Ingresos SCJN

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