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Reclamar la afore de un familiar fallecido no tiene límite de tiempo, confirma Profedet

La Profedet confirma que este derecho no prescribe; puedes reclamar los fondos sin límite de tiempo

Reclamar la afore de un familiar fallecido no tiene límite de tiempo, confirma Profedet

Reclamar la afore de un familiar fallecido no tiene límite de tiempo, confirma Profedet

LUCERO ESQUIVEL

Muchas familias desconocen que pueden recuperar el dinero que un ser querido acumuló en su cuenta de afore, sin importar cuánto tiempo haya pasado desde su fallecimiento.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recuerda que este derecho no tiene fecha de caducidad, pues se trata de un recurso derivado directamente del esfuerzo laboral del trabajador.

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¿Existe un límite para reclamar la afore de un familiar fallecido?

No, tanto la Ley del Seguro Social como la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro reconocen que este derecho es imprescriptible. Es decir, los beneficiarios pueden solicitar los fondos en cualquier momento.

La Profedet aclara, sin embargo, que si el titular de la cuenta cumple 70 años sin que los recursos sean reclamados, éstos se transfieren al Fondo de Pensiones para el Bienestar, aun así, los familiares conservan el derecho a reclamarlos.

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¿Qué es el juicio para designación de beneficiarios?

Cuando una persona fallece, sus familiares directos —cónyuge, hijos o padres— pueden iniciar este procedimiento para reclamar los recursos generados en vida.

El juicio se realiza ante los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación, y aplica tanto si la muerte fue por accidente laboral como por enfermedad general.

Antes de 2020, este trámite se hacía ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, la Profedet ofrece asesoría jurídica gratuita y puede representar a los interesados durante todo el proceso.

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¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la afore?

El artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo establece que pueden reclamar los recursos:

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 16 años o mayores con al menos 50% de incapacidad.
  • Los padres del trabajador, si dependían económicamente de él.
  • La pareja que vivió en concubinato durante los últimos cinco años o con quien tuvo hijos.
  • Personas dependientes económicamente, si no hay cónyuge, hijos ni ascendientes.

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¿Cómo reclamar la afore en caso de concubinato?

Si una persona no está registrada como beneficiaria pero vivió en concubinato con el trabajador o dependía económicamente de él, puede iniciar un juicio de designación de beneficiarios y devolución de aportaciones ante el tribunal laboral competente.

El proceso tiene varias etapas: presentación de demanda, fase escrita, fase oral, sentencia y ejecución, si algún familiar tiene derecho a una pensión, primero se entrega esa prestación y, si sobran fondos, se devuelven al beneficiario designado.

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¿Qué dice la Suprema Corte sobre los hijos mayores de edad?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió recientemente que los descendientes mayores de edad —hijos, hijas, nietos o nietas— también pueden reclamar los recursos de la afore, aunque no acrediten dependencia económica.

El fallo indica que demostrar esa dependencia solo sirve para establecer el orden de preferencia, pero no excluye a los descendientes del derecho a acceder a esos fondos.

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